El
primer caso documentado desde la perspectiva judicial del maltrato
infantil es el de Mary Ellen, una niña neoyorkina nacida en 1.866, que
era objeto de malos tratos por parte de sus padres adoptivos que le
clavaban tijeras, la mantenían atada a la cama y apenas la alimentaban.
Los padres reafirmaban su conducta, basándose que eran dueños de la
niña.
Alertada
por los vecinos, Etta Angell Wheeler, una trabajadora de la caridad
(lo que hoy llamaríamos una trabajadora social) tuvo conocimiento del
caso. Trató de ayudar a la niña. Su denuncia ante los tribunales fue
baldía. No había legislación que contemplase la posibilidad de proteger a
un niño frente a la crueldad de sus padres y el trato de éstos hacia el
mismo se entendía como un asunto privado que sólo les incumbía a ellos.
No había absolutamente ninguna ley que penase las torturas, el
maltrato, el abuso y la explotación hacia una niña de diez años.
Frustrada
por la falta de leyes de protección infantil, Wheeler se dirigió al
A.S.P.C.A, una asociación por la prevención de la crueldad hacia los
animales. Resultó ser un movimiento astuto. La
difícil situación de Mary Ellen cautivó la imaginación del fundador de
la sociedad, Henry Bergh, que vio a la niña, como los caballos que
rutinariamente salvaba de los propietarios de establos violentos, como
un miembro vulnerable del reino animal que necesita la protección del
estado. Así se argumentó que Mary Ellen era parte del reino animal y
que, por lo tanto, merecía el amparo de la ley contra la crueldad hacia
los animales.
El
resultado fue que en Nueva York y en 1.874 se dictó, por vez primera en
la historia, una sentencia condenatoria contra los padres. Algún tiempo
después se fundó en Estados Unidos la Sociedad para la Prevención de la
Crueldad contra los Niños. Esta sociedad fue exportada a diversos
países, impulsándose medidas legales de protección infantil.
A
pesar de ello, habría que esperar casi un siglo para que el maltrato
infantil llegara a convertirse en un problema social y empezara a
preocupar seriamente este tema por las repercusiones individuales y
sociales que acarrea.
En 1920 una nueva situación dramática
vuelve a llamar la atención sobre los derechos de la niñez. Concluida la
gran guerra aparece en toda Europa una fuerte sensibilidad frente a la
niñez golpeada por el conflicto. De allí nacen las primeras sociedades
de defensa de los derechos de la niñez. Son sociedades privadas que ofrecen asistencia a la niñez afectada por la guerra y que hacen esfuerzos por repatriarla.Estas sociedades generan en 1924 la declaración de Ginebra en la cual expresan algunos principios a favor de la niñez. En 1959 la ONU adopta estos principios como la primera declaración universal de los derechos de la infancia. Esta es la primera vez en que la defensa de niñas y niños no es una iniciativa privada sino pública, que le compete a los Estados y no a las organizaciones privadas de caridad y atención.
“El niño es reconocido universalmente como un ser humano que debe ser capaz de desarrollarse física, mental, social, moral y espiritualmente con libertad y dignidad.” Declaración de los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1959, aprobada por la Asamblea general de Naciones Unidas.
"CADA ABUSO QUE EVITAMOS, SON MUCHAS VIDAS QUE SALVAMOS"
Helga F Moreno